AUDIENCIA DE INSTRUCCIÓN Y JUZGAMIENTO ART. 373 CGP

AUDIENCIA DE INSTRUCCIÓN Y JUZGAMIENTO ART. 373 CGP

1. Interrogatorio de parte: Es eventual. Se da cuando las partes no van a la audiencia inicial y se excusaron dentro de los 3 días siguientes.

2. Fijación del litigio: Se busca encontrar hechos o puntos probados

3. Practica de prueba: Las que se solicitaron o se pidieron en la demanda.

4. Alegatos de conclusión: Es la oportunidad para el demandante y el demandado para que hagan sus alegatos finales, atendiendo a los hechos o a las circunstancias. Contando con un tiempo máximo de 20 minutos, y en casos muy complejos de 30 minutos.

5. Dicta Sentencia: El Juez puede hacer receso máximo de 2 horas.
Las partes pueden apelar, y si esto sucede, el expediente se pasa o se va al superior.

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